Facilita que las organizaciones ofrezcan un servicio profesional de gran valor, consiguiendo la fidelización de los clientes y, en consecuencia, ampliando su cuota de mercado.
Compliance o cumplimiento normativo, tal y como lo define el Comité de Basilea es “una función independiente que identifica, asesora, alerta, monitoriza y reporta los riesgos de cumplimiento en las organizaciones”.
Establecer y legalizar internamente los procesos adecuados para que las actuaciones del negocio en cuestión cumplan con el marco normativo aplicable y de esta manera conseguir minorizar los riesgos operativos y legales a los que se enfrenta su actividad en concreto
Empresas de cualquier sector o naturaleza pueden requerir, en algún momento, la función de compliance para la buena gestión de su negocio. Los riesgos existen en todas las organizaciones y sectores, y la responsabilidad penal es exigible tanto a grandes como a pequeñas organizaciones.
Los retos más significativos a los que se enfrenta la función de compliance en los próximos años están focalizados, por un lado, en la propia implementación y encuadre de un departamento nuevo en la estructura de la empresa y por otro, lograr crear una cultura de cumplimiento que, efectivamente, se haga visible dentro de la organización.
Beneficios que comporta la implementación de un sistema de gestión compliance:
Reducción o eliminación de la responsabilidad legal y penal de las empresas en muchos países, al demostrar que disponen de los medios y sistemáticas adecuadas en la gestión del compliance
Disminuye el coste de los seguros. La implementación de programas de compliance permite renegociar el coste de los seguros contratados, una ventaja relevante en sectores como servicios públicos, colegios y universidades, transporte o industria, entre otros.
Facilita la detección de malas praxis de directivos y empleados. Sistema eficaz para detectar las múltiples regulaciones a las que puede estar sometida la organización y sus actividades. Genera confianza en inversionistas, clientes y otros socios comerciales
En la participación en concursos públicos, le pondrá por delante de sus competidores.
Mitiga el riesgo del fraude interno a través de un mayor control sobre lo que sucede dentro de la propia empresa, generando así también un efecto disuasorio.
Mejora la reputación de la organización, aumentando el valor de la compañía.
El gobierno español ha aprobado un anteproyecto de ley que protege a los denunciantes (whistleblowers) derivado de la Directiva UE 1937/2019 de Protección de los Denunciantes. España aplicará una sanción de hasta 1 millón de euros a empresas y administraciones que tomen represalias contra los alertadores.
Las empresas con más de 50 trabajadores, las administraciones públicas y los municipios con más de 10.000 habitantes deberán implementar por ley, canales de denuncias que garanticen la confidencialidad para que cualquier ciudadano pueda informar sobre posibles infracciones sin temor a represalias.
El objetivo principal de la directiva es proteger a quienes denuncien prácticas corruptas, fraudes o cualquier vulneración de leyes nacionales o europeas mediante el establecimiento de canales protegidos de comunicaciones y la prohibición de cualquier represalia contra ellos
Principales objetivos del Canal de denuncias o Canal ético:
A. Cumples con la ley protegiendo tanto a tu empresa como a tus empleados de multas o penas de cárcel.
B. Creas una cultura valiosa de “alzar la voz” en tu compañía.
C. Refuerzas tu imagen frente a clientes, proveedores, inversores, bancos y empleados.
Nuestros peritos están dados de alta como tal en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para ser nombrados de oficio por los tribunales o pueden actuar en el entorno de perito de parte.
Peritos expertos que elaboran informes, certificados y dictámenes periciales relacionados con todos los ámbitos del cumplimiento normativo, no sólo de compliance penal:
Peritaciones sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
Peritaciones sobre Estafas y fraudes
Peritaciones sobre Delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores y de corrupción privada
Peritaciones sobre corrupción pública
Peritaciones sobre actividades de contrabando
Peritaciones sobre Delitos contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas
Peritaciones sobre Falsedad en medios de pago
Peritaciones sobre tráficos ilegales (personas, sustancias, productos)
Peritaciones sobre Delitos contra la intimidad y allanamiento informático
Peritaciones sobre Delitos relacionados con el mundo de los cripto activos
Así como peritaciones sobre aquellas materias de índole regulatorio, no necesariamente penal, del sector concreto donde opera su compañía o sus contrapartes de interés.
Tras la reforma del Código Penal, se estableció que las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos por ellas o en su nombre, pero también serán responsables sus representantes legales o aquellas personas que hayan podido cometerlos porque quienes tenían que controlar su actividad no lo han hecho.
Los recientes escándalos societarios y el innegable incremento de la sensibilidad social respecto de la ética de los negocios, hace que un mayor número de organizaciones públicas y privadas internalicen estándares éticos y legales como protocolos de buen gobierno de obligado cumplimiento.
A continuación te exponemos las que más dudas generan entre nuestros usuarios, en caso de no resolver tu consulta puedes ponerte en contacto con nosotros.
Es el Sistema de prevención de incumplimientos normativos que se establece en una organización con la finalidad de determinar los potenciales riesgos de incumplimiento que puedan producirse en el desarrollo de la actividad de la empresa, sistematizar su detección, procurar su control y adoptar medidas que eviten que se produzcan.
A todas las empresas, asociaciones, fundaciones, etc, independientemente de su tamaño y actividad.
La implantación de un Sistema de Gestión de Compliance genera la estructura de elementos probatorios suficientes como para llegar a eximir o atenuar a la persona jurídica y a los directivos. Es importante subrayar que el mero hecho de tener la estructura documental no permite la exención o atenuación de responsabilidades penales. En necesario tener un sistema vivo y con funcionamiento real.
Establecer en la empresa un sistema de Prevención de Delitos. Analizar qué medidas puede tomar la empresa antes de que se cometa un delito para que éste no llegue a producirse. Estas medidas (de diversa índole) se recogen en el sistema y se implantan en la empresa.
Las penas más relevantes son:
• Multas que pueden alcanzar los 9 Millones de euros.
• Disolución o cierre de la empresa.
• Suspensión de actividades.
• Cierre de locales y establecimientos.
• Intervención judicial.
• Inhabilitación para obtener subvenciones públicas.
El órgano de gobierno de una empresa lo conforman el Administrador o administradores, si son 2, o el Consejo de Administración cuando son 3 o más las personas que dirigen la empresa, en este caso cada persona que integra el Consejo se denomina consejero. Los nombramientos en estos cargos están regulados en la ley.
La Alta Dirección se encarga de ejecutar las directrices marcadas por el órgano de Gobierno, con cierta autonomía en su ejecución.